La acción pública urbanística bajo lupa
Como es sabido en el orden contencioso administrativo la Ley jurisdiccional no permite que cualquier persona pueda recurrir cualquier actividad administrativa sino que exige la concurrencia de una determinada y específica relación entre el sujeto promotor del recurso y el objeto del proceso, lo que se viene a conocer como un interés directo o, al menos legítimo, que opera como requisito legitimador.